2168/2001 Empleado público. Planta política. Remuneraciones
Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia
Decreto 2168/2001
Publicado: 23-11-01
Neuquén, 19 de Noviembre de 2001
VISTO:
El decreto 2047/2001; y
CONSIDERANDO:
Que el articulo 6° del decreto 2047/2001 establece la inaplicabilidad del régimen de adicionales y bonificaciones establecidos en la ley 2265 y complementarias, para aquellos funcionarios y agentes cuya vinculación con la Administración Pública provincial se originara por decreto del Poder Ejecutivo mediante una designación de cargo en planta politica;
Que los adicionales a los que se refiere el art. 6 del decreto 2047/2001, son aquellos adicionales previstos específicamente en la ley de remuneraciones para cada sector y respecto de los funcionarios superiores, autoridades políticas y asesores de gobierno;
Que se excluyen de dicho articulo las bonificaciones y adicionales por zona desfavorable, asignaciones familiares, sueldo anual complementario, gastos de representación, y aquellas previstas en los artículos 15 apartado g), 17 inc. c), 45 y 46 de la ley 2265;
Por ello;
el Vicegobernador de la provincia del Neuquén en ejercicio del Poder Ejecutivo
Decreta
Artículo 1°. Rectifícase el articulo 6° del decreto 2047/2001 el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Articulo 6°: Determinase la inaplicabilidad del régimen de adicionales y bonificaciones establecidos en la Ley de Remuneraciones y complementarias, para los funcionarios superiores, autoridades políticas y asesores de gobierno, excepto las bonificaciones por zona desfavorable, asignaciones familiares, sueldo anual complementario, gastos de representación, y aquellas previstas en los artículos 15 apartado G), 17 inc. c), 45 y 46 de la ley 2265.”
Artículo 2°. El presente decreto será refrendado por el señor Ministro de Planificación y Control de Gestión.
Artículo 3°. Comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y archívese.