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Publicación de Edictos - Procedimiento


Mediante Circular Nº 11/06 de Administración General se ha establecido el procedimiento aplicable para la publicación de edictos judiciales y administrativos.

Es importante destacar que **no requieren autorización para su publicación por parte de la  Administración General los avisos y edictos que ordenen los Organismos Judiciales en cumplimiento de las normas legales y de procedimiento  vigentes **y que se ajusten en un todo a lo consignado en la citada circular.

La Administración General una vez ingresada la comunicación del Juzgado queda a la espera de la facturación correspondiente a fin de efectivizar el pago, previo control de que la publicación se haya realizado en el Boletín Oficial y en los medios gráficos de la región.

Se destaca que es competencia de cada organismo jurisdiccional realizar la gestión de publicación de edictos, ya que la intervención de esta Administración se limita al pago de aquellos edictos que cumplan con lo dispuesto en la Circular Nº 11/06 AG.