24 de septiembre de 2025
La Comisión Especial que interviene en el expediente declaró la inadmisibilidad de la denuncia formulada contra la Jueza Vanina Cordi.
Acta 150
28 de agosto de 2025
Se reunió la Comisión Especial del Jurado de Enjuiciamiento prevista en el art 18 de la Ley 2698, presidida por la Sra. Presidenta de la Comisión Especial, Sra. Vocal Dra. MARIA SOLDEDAD GENNARI, e integrada por el Diputado HÉCTOR ERNESTO NOVOA y la Dra. MARCELA SANTINI, con la intervención del señor Secretario, Dr. MANUEL JOSÉ FUERTES.
Esta primera reunión de la Comisión Especial del Jurado de Enjuiciamiento tiene por objeto tener por conformado el presente órgano a los efectos de analizar y
declarar la admisibilidad y procedencia de la denuncia presentada y ratificada por el Dr. Maximiliano Ariel Orpianessi, DNI 35.275.987 en los términos del artículo 229 de la Constitución de la Provincia del Neuquén-, contra la Sra.Magistrada Vanina Paola Cordi, a quien atribuye mal desempeño en el ejercicio de sus funciones.
Se definió además, requerir por correo electrónico al Juzgado Civil, Comercial, de Procesos Ejecutivos y Minería N° 1 de Cutral Có la totalidad de las actuaciones obradas en los autos caratulados Vega, Ariel Santos c/ Empresa Petrogas S.A. s/ Medida Cautelar", Expediente N°111185/2024.