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PODER JUDICIAL: ¿Cómo gestionar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19?

Los integrantes del Poder Judicial que se encuentren de turno durante la cuarentena, extendida hasta el próximo 13 de abril, deberán tramitar su Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19 a fin de poder movilizarse sin inconvenientes hasta su lugar de trabajo. Seguirán siendo validos los certificados emitidos con anterioridad hasta tanto el interesado pueda tramitar el nuevo.

CERTIFICACION
El certificado –que tiene una validez de siete días corridos y podrá renovarse- deberá tramitarse a través de la plataforma “Trámites a Distancia” (TAD), ingresando https://tramitesadistancia.gob.ar/tramitesadistancia/inicio-publico y se presentará ante el requerimiento de la autoridad competente junto con el Documento Nacional de Identidad. El mismo es PERSONAL E INTRANSFERIBLE.
Se exceptúa de la obligación de tramitar y portar el “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” a aquellas personas que deban desplazarse por supuestos de fuerza mayor, de acuerdo a lo establecido por el artículo 6°, inciso 6°, del Decreto N° 297/20. En estos casos, deberá acreditarse la excepción.
El falseamiento de datos en la tramitación del “Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19” dará lugar a la aplicación de las sanciones que resulten pertinentes según la normativa vigente.

Encuentro Nacional de la Defensa Pública