30° aniversario de la reforma constitucional de la República Argentina y de la enmienda de la Constitución de la Provincia del Neuquén

Dirección General del Registro Público de Comercio


Atención al Público

Horario de atención: Lunes a Viernes de 08 a 13hs (trámites urgentes hasta las 14hs).

Dirección: Bv. 25 de Mayo Nº 33/51 1° Piso – Neuquén Capital C.P. 8300 – Provincia de Neuquén

Correo electrónico: rpcnq@jusneuquen.gov.ar

Teléfonos: (0299) 156332555 – 569 1106 – 569 1107

Ingreso de trámites por correo electrónico

Para ingresar un trámite o documentación debe enviar al mail rpcnq@jusneuquen.gov.ar el formulario completo y escaneado, la tasa retributiva abonada (escaneada o PDF con leyenda de pagado con MercadoPago) y denunciar su casilla SINE. Si no posee casilla SINE o no la indica en el formulario, el informe/constancia se remitirá al correo electrónico del remitente.
Sólo se admite la presentación de documentación o inicio de trámites que a continuación se detallan:
Informes y constancias: Formularios “E1 constancia de expediente en trámite”, “G2 emisión de constancia personas jurídicas y agrupaciones”, “G3 emisión de constancias personas humanas”, y “G5 control de homonimia”,
Desarchivo de expedientes y Libros: Formularios “E2 Desarchivo de expedientes” y “E3 Desarchivo de libros”
Edictos: Quien esté autorizado en el expediente puede enviar el edicto en formato Word.
Si denuncia casilla SINE se remitirá allí en PDF con firma digital, caso contrario se remitirá al correo electrónico del remitente.
Publicaciones en Boletín Oficial: Se aceptará que el autorizado en el trámite denuncie por mail la fecha y la página del B.O. donde consta la publicación que efectuó o remita el PDF correspondiente.
Oficios de informes: Deben remitirse al mail. Si no corresponde abonar tasa, debe justificarse su exención en el cuerpo del oficio.

  • Oficios librados por juzgados de la provincia de Neuquén mediante SISCOM (oficio digital Poder Judicial de Neuquen).
  • Oficios librados por otros juzgados u organismos, y oficios Art. 400 CPCCN con firma digital. El archivo PDF (o formato que sea) debe permitir la verificación de la firma digital inserta (Arts. 7, 8 y 9 Ley 25.506)
    Los oficios que tienen firma manuscrita deberá ingresarlos por mesa de entradas previo turno.

Documentos digitales: Por mesa de entradas deben presentarse las impresiones para ser agregadas al expediente. La tasa para su certificación y su original (documento digital), deben remitirse al correo electrónico rpcnq@jusneuquen.gov.ar indicando en que trámite debe agregarse.

TRAMITES:





ACCESOS RÁPIDOS: