30° aniversario de la reforma constitucional de la República Argentina y de la enmienda de la Constitución de la Provincia del Neuquén

Trámites en la Justicia de Paz – Autorizaciones de viaje

Si viaja fuera del país solo o con un tercero, ambos padres deben hacer el trámite, individual o conjuntamente.

Si viaja con uno de los padres, el otro es el que debe realizar la autorización.

El trámite se realiza en forma personal y requiere

  • DNI vigente del padre/madre que firma la autorización
  • DNI vigente y PARTIDA DE NACIMIENTO original del niño, niña o adolescente que viaja
  • FOTOCOPIA DEL DNI del acompañante autorizado (si viaja con un tercero)
  • Dos Tasas de Justicia. Una para la autorización de viaje y otra para la certificación de la firma del Juez de Paz

Una vez concluido el trámite de autorización en el Juzgado de Paz, debe cumplirse el trámite de certificación de la firma del Juez de Paz a fin de que el documento quede LEGALIZADO para salir del país. El mismo se realiza en Alberdi 52 Planta Baja – Secretaría de Superintendencia- de Neuquén Capital y requiere otra Tasa de Justicia.

Si viaja dentro del país los requisitos son los mismos que para viajar al exterior con la diferencia que no es necesario que ambos padres firmen la autorización.

Para pagar la Tasa de Justicia puede ingresar a:
http://www.jusneuquen.gov.ar › mecanismos-de-pago