108/1972 Obras públicas. Reglamentación
Biblioteca del Tribunal Superior de Justicia Decreto 108/1972 Publicado (Sumario): 14-11-1972 Artículo 1°. Apruébase la reglamentación del texto de la ley provincial de obras públicas 687 que se transcribe a continuación: Capítulo I. De las obras publicas en general Artículo 1. No requiere reglamentación. Artículo 2. Será de aplicación para todas las adquisiciones enunciadas en el artículo 2, las disposiciones de la ley de contabilidad de la Provincia excepto en la que hace a los montos de autorización y aprobación del gasto que se regiran por los aprobados en los decretos que se sancionen de acuerdo a las facilidades conferidas por el Artículo 12 inciso a) de la ley 687. Para la determinación del procedimiento de adquisición será tomado »