2023: 40 años de Democracia

Inscripción Sociedad Anónima: Disolución y Designación de Liquidador


SOCIEDAD ANÓNIMA
INSCRIPCIÓN DE DISOLUCIÓN Y DESIGNACIÓN DE LIQUIDADOR

El trámite se debe iniciar ante la Inspección Provincial de Personas Jurídicas de Neuquén (conforme Art. 6 Ley provincial 3086).
Una vez obtenida la conformidad administrativa, el expediente es remitido directamente por la Inspección Provincial de Personas Jurídicas a esta Dirección General del Registro Público, y queda ubicado en el casillero de letra hasta que el interesado presente el formulario, la tasa retributiva y la documentación mínima para iniciar el trámite.

Requisitos para el inicio del trámite ante este Registro Público:

  1. FORMULARIO: SA4
    Leer como completar los formularios.

  2. DOCUMENTACIÓN:

a. Tasa retributiva para la inscripción “SOCIEDADES Disolución de la Sociedad (aprobación) designación de Liquidador”. Emitir Tasa.
b. Asamblea General Extraordinaria que resolvió la disolución y designación de liquidador/es, conjuntamente a su convocatoria, publicación de la convocatoria -de corresponder: art. 137 ley 19.550- y registro de asistencia, en tres juegos de cada una.
Las fotocopias o transcripciones de los juegos mencionados precedentemente pueden presentarse:

  1. certificadas por escribano público –y legalizadas de corresponder-, cumpliendo lo requerido por el Art. 14 Reglamento de la Ley 2631.
  2. el interesado puede optar por presentar las copias para su certificación por funcionario de este Registro, a cuyo fin deberá adjuntar la tasa retributiva para certificación de fotocopias y los libros pertinentes. Ver formalidades.

c. Determinación de impuesto de sellos de la Dirección Provincial de Rentas de Neuquén y su comprobante de pago.
d. Aceptación del cargo del o los liquidadores, la constitución a la sociedad de su domicilio en tal carácter, CUIT/CUIL/CDI y denuncia de sus datos personales, en tres juegos con firma certificada (la aceptación sólo debe adjuntarse por instrumento por separado en el caso que tales datos no consten en la asamblea que lo designó. En la asamblea debe constar su firma con aclaración).
Importante: Los liquidadores designados deben individualizarse con sus nombres y apellidos completos.
El domicilio del liquidador debe ser preciso indicar calle, numeración, piso y departamento -en caso de corresponder-, y la ciudad.
Ver Modelos.
e. Constancia de CUIT de la sociedad (sólo debe presentar constancia de CUIT si no se denunció antes en el Registro), Art. 21bis, Ley 25.246, en un juego.
f. Un juego de la publicación en Boletín Oficial de la provincia de Neuquén (Art. 10 y 98 Ley 19.550) de la aprobación de la disolución y de la designación del liquidador, conteniendo la fecha de la resolución social, la individualización del liquidador y el domicilio especial constituido. Ver modelos de edictos.
g. Declaración Jurada del liquidador sobre su condición de Persona Expuesta Políticamente (Resolución UIF Nro. 134/18), en un juego. Ver Modelo.

Previo a la presentación del trámite se sugiere la lectura de Formalidades, Tasas Retributivas y Modelos.

Importante: Inscripta la disolución de la sociedad y la designación del liquidador debe el liquidador cumplir con los recaudos de la ley de sociedades para la liquidación de la sociedad (arts. 103 y siguientes de la Ley 19.550) e iniciar el trámite ante el Registro de liquidación y pedido de cancelación de inscripción (ver recaudos del trámite de liquidación y pedido de cancelación de inscripción).