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Inscripción Otros Tipos Societarios: Sociedad Colectiva, en Comandita Simple y en Comandita por Acciones (Contrato Social)


SOCIEDAD COLECTIVA, EN COMANDITA SIMPLE Y EN COMANDITA POR ACCIONES
INSCRIPCIÓN DE CONTRATO SOCIAL

Requisitos para el inicio del trámite ante el Registro Público:

1. FORMULARIO: F1
Leer como completar los formularios.
La constitución de sociedad colectiva y de sociedad en comandita simple inicia el trámite ante el Registro.
Sólo en el supuesto de Sociedades en Comandita por Acciones, el trámite se debe iniciar ante la Inspección Provincial de Personas Jurídicas de Neuquén (conforme Arts. 167 Ley 19.550 y Ley provincial 3086).
Una vez obtenida la conformidad administrativa y remitido el expediente a esta Dirección General del Registro Público, queda pendiente en el casillero de letra hasta que el solicitante presente el formulario y la documentación mínima para iniciar el trámite ante este organismo.

Requisitos para el inicio del trámite ante el Registro Público:

2. DOCUMENTACIÓN:

a. Contrato Social, en tres juegos. Ver Formalidades.
Escritura pública: en testimonio original y dos fotocopias debidamente certificadas por escribano público.
Instrumento privado: Tres juegos (al menos uno original y con margen interno mínimo de 5cm.), con sus firmas certificadas.
b. Determinación de impuesto de sellos de la Dirección Provincial de Rentas de Neuquén y su comprobante de pago.
c. Tasa retributiva “SOCIEDADES Contrato Social - Exceptuando SAS” . Emitir Tasa.
d. CUIT/CUIL/CDI de los socios y/o administradores, en un juego de cada una.
e. Declaración Jurada Persona Expuesta Políticamente de cada socio y/o administrador, (Resolución UIF 134/2018), en un juego. Ver Modelo
f. Tres juegos de la denuncia de Sede social, suscripto por el representante legal con firma certificada, de la que debe surgir expresamente el nombre de la calle/ruta, su numeración/altura, (piso, departamento/oficina), la ciudad dentro de la provincia de Neuquén, y todo otro dato que permita precisar su ubicación. La denuncia de la sede debe ser precisa. No se requiere la presentación de esta documentación si la misma consta incluida en el contrato constitutivo.
g. En el caso de corresponder conforme el tipo social adoptado, publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Neuquén (Art. 10 Ley 19.550). Ver modelo de edictos..

Previo a la presentación del trámite se sugiere la lectura de Formalidades, Tasas Retributivas y Modelos.

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