CONJUECES
¿Qué son los conjueces?
Los conjueces son abogados/as matriculados/as en la Provincia del Neuquén, los magistrados judiciales, fiscales o defensores del Ministerio Público en actividad, que reúnan las condiciones establecidas por la Constitución provincial para ser vocal del Tribunal Superior de Justicia. Actúan como reemplazantes temporarios de los miembros titulares del Tribunal Superior de Justicia de Neuquén cuando estos no pueden intervenir en una causa judicial por diversas razones.
Sólo intervendrán cuando se haya agotado el mecanismo de subrogancia previsto en la legislación vigente, es decir, verificar que ningún magistrado/a del TSJ pueda intervenir en la causa.
¿Cómo se designan los conjueces?
La designación de conjueces sigue el mismo procedimiento establecido constitucionalmente para los miembros titulares del Tribunal Superior de Justicia:
- Propuesta: El Poder Ejecutivo Provincial propone los candidatos.
- Designación: La Legislatura Provincial los designa mediante el voto de los dos tercios (2/3) de los miembros presentes.
- Sesión pública: El proceso de designación se realiza en sesión pública de la Legislatura
¿Cuál es el procedimiento para su intervención?
Existe un listado oficial de conjueces que se mantiene actualizado en la Secretaría de Superintendencia del Tribunal Superior de Justicia.
Proceso de sorteo
Cuando es necesario que un conjuez intervenga en una causa:
- Solicitud: La Secretaría donde tramita el expediente solicita a la Secretaría de Superintendencia el listado vigente de conjueces
- Sorteo público: Se realiza un sorteo en acto público para seleccionar al conjuez que intervendrá
- Notificación: Se notifica a las partes del proceso sobre la realización del sorteo
- Transparencia: Los interesados pueden presenciar el acto de sorteo
Sorteo
- Lunes a las 10 hs.: SECRETARÍA CIVIL (S.C.)
- Martes a las 10 hs.: SECRETARIA DE SUPERINTENDENCIA (S.S.)
- Miércoles a las 10 hs.: SECRETARÍA DE DEMANDAS ORIGINARIAS (S.D.O.)
- Viernes a las 10 hs.: SECRETARÍA PENAL (S.P.)
Orden de subrogancia
Antes de proceder al sorteo de conjueces, se debe agotar el mecanismo de subrogancia previsto en la legislación vigente, es decir, verificar que ningún magistrado titular pueda intervenir en la causa.
Ámbito de actuación
Los conjueces pueden ser convocados para:
- Integrar el Tribunal Superior de Justicia en causas específicas
- Actuar como Fiscal del Tribunal cuando sea necesario
- Desempeñarse como Defensor del Cuerpo en casos particulares
Marco normativo
Este sistema está respaldado por:
- Decretos N° 675/09 y N° 124/10 del Tribunal Superior de Justicia
- Artículo 239 de la Constitución Provincial
- Ley N° 2601