Poder Judicial de Neuquén

PERITOS

Son aquellos profesionales que actúan como auxiliares de la justicia, aportando conocimientos técnicos, científicos o artísticos para ayudar al juez/a a resolver cuestiones que requieren conocimientos especializados.

Inscripción


Las inscripciones se evalúan individualmente por especialidad y por circunscripción. Cada inscripción debe tener su documentación adjunta. Toda solicitud de inscripción queda sujeta a la aprobación del Tribunal.

La inscripción para Peritos 2026 se realizará del 02 al 28 de febrero.

Documentación


Se la solicitará el sistema al momento de la inscripción.

  • Certificado de Ética del Consejo o Colegio Profesional u organismo público legalmente facultado, el cual deberá:
    • Contener una leyenda que diga “que se encuentra matriculado y en condiciones de ejercer su profesión (no contiene sanciones)” – ref art.15 punto 1 inc. B) Acordada nr3
    • Estar firmado por las autoridades (Presidente) del Colegio u organismo respectivo
  • Comprobante de pago de Tasa de Justicia en PDF (no se aceptan capturas de pantallas).
    • Se debe abonar una Tasa de justicia por persona y se deberá anexar el mismo comprobante a cada una de las solicitudes de inscripción que genere.
    • Para pagar entrar a Tasa de Justicia y seleccionar: Fuero y Organismo: Actuaciones Administrativas TSJ – Concepto: Peritos de matrícula judicial: Inscripción o Renovación Anual

Modalidad


La solicitud de inscripción se realiza de manera virtual y es totalmente autogestionada.

1- Primero debes contar con casilla/usuario SINE. Gestionar aquí:

2- Cuando tengas toda la documentación y la casilla/usuario SINE, entrá al sistema y seguí los pasos para la solicitud de inscripción.

Si es la primera vez que realizás una solicitud de inscripción, el sistema primero requerirá tus datos personales para armar el legajo personal. Luego podrás iniciar el proceso de solicitud de inscripción.

Estado del trámite


Una vez realizada la solicitud de inscripción, pasará por un proceso de evaluación hasta su aprobación. Podrás consultar el estado de su solicitud entrando al Sistema.

Licencias y bajas del sistema


El pedido de licencia se hace por sistema y queda sujeta a aprobación. Se verifica estado en el propio Sistema.
La baja se gestiona sin necesidad de aprobación.
Tanto la licencia como la baja de los listados no exime del cumplimento de las pericias aceptadas con anterioridad.

Inscripción fuera de término


El pedido realizado es remitido al Fiscal General quien dictamina sobre su oportuna inclusión a los listados, teniendo en cuenta la especialidad en la que pretende inscribirse y la cantidad de profesionales que existen aprobados en dicha Circunscripción Judicial
Posteriormente, el trámite se resuelve por Acuerdo Administrativo del Tribunal Superior de Justicia pudiendo ser aprobada o rechazada la inscripción. Normalmente este trámite se demora entre 2 o 3 semanas y su resolución es comunicada al interesado/a mediante correo electrónico.

AUXILIARES DE JUSTICIA CONCURSOS Y QUIEBRAS

Inscripción de Martilleros, Enajenadores, Síndicos y Estimadores (Ley 24.522 de Concurso y Quiebras)


Las inscripciones se realizan de forma virtual y autogestionada. Se evalúan individualmente en cada Circunscripción Judicial, por lo que cada profesional debe inscribirse y adjuntar la documentación en cada una de las circunscripciones en las que desee actuar. Cada inscripción debe tener su documentación adjunta.

Martilleros y Enajenadores

Síndicos y Estimadores

Modalidad


1- La Solicitud de Inscripción se realiza de manera virtual y totalmente autogestionada. Primero debes contar con casilla o usuario SINE. Gestionar aquí:

2- Cuando tengas toda la documentación y la casilla/usuario SINE, entrá al sistema y seguí los pasos para la solicitud de inscripción.

Si es la primera vez que realizás una solicitud de inscripción, el sistema primero requerirá tus datos personales para armar tu LEGAJO PERSONAL. Luego podrás iniciar el proceso de solicitud de inscripción.

Una vez realizada la solicitud de inscripción, pasará por un proceso de evaluación hasta su aprobación por la Cámara de Apelaciones de cada Circunscripción judicial. Podrás consultar el estado de su solicitud entrando al Sistema.

Licencias y bajas de inscriptos


El pedido de licencia y baja del listado se solicita ante el juez de la causa y queda sujeto a su consideración. (art. 255 y concordantes ley 24.522)
El juez de la causa comunicará la baja a la Cámara de Apelaciones y se registrará en el sistema.

La inscripción como auxiliar de justicia de concursos y quiebras es independiente de la inscripción como perito.

Listados vigentes