Autorizan venta de bienes para garantizar el bienestar futuro de un joven con discapacidad
15 de enero de 2026
El Juez de Famlia Jorge Sepúlveda autorizó la venta de una propiedad y un vehículo pertenecientes a un joven con discapacidad severa, tras analizar en profundidad un proyecto familiar que busca garantizar su cuidado a largo plazo mediante un cambio de residencia a España.
El caso involucra a un joven con restricción en su capacidad que requiere acompañamiento permanente, cuya madre de 77 años y hermana presentaron un plan para radicar su centro de vida en el exterior.
La decisión judicial pone de relieve cómo se evalúan estas situaciones a partir del interés real de la persona con discapacidad y no desde una visión meramente patrimonialista.
El juez fundamentó su decisión en el marco de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Ley de Salud Mental y el Código Civil y Comercial, que establecen un modelo social de derechos que entiende a la discapacidad como una condición variable que depende de la interacción de la persona con su entorno. “Este proyecto presentado, en el que prima la necesidad de procurar el bienestar de P. a largo plazo y más allá de la posibilidad natural de vida de su madre, forma parte de la base fundante de la función de la figura de apoyo y conduce a una cautelosa injerencia de quien suscribe en mi función de procurar que se garanticen los derechos de P., ya que no hay dudas en relación a la dedicación de la madre en el bienestar de su hijo desde su nacimiento.”, señaló el juez en su resolución.
El análisis judicial evitó darle a la solicitud un trámite que requiera la rendición de cuentas sobre los bienes de la personas con discapacidad y facilitó así la efectivización inmediata del proyecto familiar, para lo cual tuvo en cuenta la dedicación histórica de la familia en el cuidado del joven desde su nacimiento, la necesidad de prever su asistencia ante el avance de la edad de su madre, y el hecho de que su hermana —también figura de apoyo— ya reside en España donde adquirió una propiedad con condiciones adecuadas para recibirlos. En este sentido, el juez destacó que se trata de “mucho más que un proyecto de inversión, es un ideal de bienestar con la mayor previsión posible de una persona que requiere de la asistencia familiar en forma permanente”.
La autorización abarca la venta del 50% de una propiedad inmueble, y del 50% de un vehículo Ford Focus 2016. El otro 50% de ambos bienes pertenece a la hermana del joven quien al tener plena capacidad jurídica, no requiere autorización judicial para disponer de su parte.
Los fondos serán destinados exclusivamente al proyecto de cambio de residencia del joven y su madre y la previsibilidad de que en un futuro se mantenga la figura de apoyo en la persona de su hermana.
En el análisis del caso, el juez verificó que los valores de venta están en línea con los del mercado y que, conforme los antecedentes del caso, no existen motivos para dudar de que el destino de los fondos será en total beneficio del interesado sin requerir controles económicos posteriores.
La resolución refleja la aplicación práctica del modelo social de la discapacidad, que desplaza el enfoque médico por uno que pone el acento en garantizar los derechos y el bienestar integral de las personas con discapacidad, evaluando cada situación en su contexto particular y priorizando su interés superior.