“2026 - 20º aniversario de la reforma de la Constitución de la Provincia del Neuquén”

Noticias

Un conductor deberá pagar más de $320 millones por las graves lesiones que sufrió un motociclista

El juez de la V Circunscripción Judicial, Carlos Choco, destacó que a través de la pericia accidentológica se determinó la responsabilidad del conducto. (Foto: Oficina de Comunicación)

El conductor de una camioneta deberá indemnizar con más de 320 millones de pesos a un profesor de educación física por las lesiones que sufrió en un siniestro vial que provocaron la amputación de su pierna izquierda.

El accidente ocurrió en una esquina de Chos Malal. El motociclista circulaba por una de las calles de esa localidad y la camioneta ingresó a la intersección desde su izquierda. El conductor demandado sostuvo durante el juicio que la responsabilidad había sido del motociclista porque circulaba a excesiva velocidad y pretendía atravesar una arteria que consideraba de mayor jerarquía.

En la sentencia, sin embargo, el juez Carlos Choco, titular del Juzgado de Civil, Comercial, Laboral y de Minería de la V Circunscripción Judicial, subrayó que a través de la pericia accidentológica pudo determinarse que la camioneta circulaba a más de 54 kilómetros por hora y la moto a una velocidad mínima de 19 al momento del impacto. 

De acuerdo al experto, para una esquina urbana sin semáforos el límite precautorio es de 30 kilómetros por hora. Asimismo, estableció que la camioneta fue identificada además como vehículo embistente y la motocicleta como embestida, y concluyó que la moto tenía prioridad de paso porque llegaba desde la derecha. 

El perito destacó otro elemento: la camioneta tenía un paragolpe delantera que, según el especialista, estuvo directamente relacionada con la gravedad de las lesiones sufridas por el motociclista.  Con esos elementos, el juez descartó que hubiera quedado demostrada la culpa de la víctima y atribuyó responsabilidad al dueño y conductor de la camioneta. 

El siniestro cambió su trabajo y su vida cotidiana

Después del choque, el motociclista fue atendido inicialmente en Chos Malal y luego derivado a Neuquén. Presentaba una fractura expuesta de tibia y peroné de extrema gravedad y finalmente fue necesaria la amputación de la pierna izquierda por debajo de la rodilla.

Una pericia médica determinó la incapacidad física genérica y señaló especialmente las consecuencias sobre su profesión. Precisó que el hombre presentaba una incapacidad total para desarrollar las tareas que realizaba habitualmente como profesor de educación física. 

La sentencia también valoró una pericia psicológica que vinculó con el accidente una afectación permanente. Un testigo describió al damnificado antes del accidente como una persona muy activa, independiente y vinculada con actividades deportivas. Además de trabajar en el sistema educativo, desarrollaba proyectos relacionados con diferentes deportes. 

La parte demandada recurrió la sentencia.