NUEVO CÓDIGO PROCESAL CIVIL ADVERSARIAL
Entrada en vigencia en toda la provincia
1 de agosto de 2026
Una nueva forma de resolver los conflictos civiles
El nuevo Código Procesal Civil Adversarial (CPCA) transforma la manera en que se tramitan los juicios civiles en Neuquén: procesos más ágiles y más cercanos a la comunidad.
Las partes marcan el ritmo
El tiempo del proceso lo manejan las partes, que pueden acordar cómo avanzar e incluso qué prueba producir.
Procesos más ágiles
Menos trámites escritos y menos demoras: el proceso se concentra en menos etapas.
Más transparencia
Las audiencias quedan registradas en audio y video y el juez escucha directamente a las partes.
Tecnología como aliada
Expediente digital, notificaciones electrónicas y declaraciones por videollamada. Y si algo falla, el papel sigue disponible: nadie queda afuera.
Comunidad
¿Qué cambia para vos?
Un código procesal es el conjunto de reglas que indica cómo se tramita un juicio: qué pasos se siguen, qué plazos hay y cómo se toman las decisiones. A partir del 1 de agosto de 2026, los juicios civiles y comerciales en Neuquén —por ejemplo, conflictos por contratos, daños, alquileres o deudas— se tramitarán con reglas nuevas, pensadas para que el proceso sea más rápido, más transparente y más comprensible.
Cerca de tu casa
Los juzgados de paz de toda la provincia quedan habilitados para recibir declaraciones, y las videollamadas evitan traslados innecesarios.
¿Tenés un juicio en trámite?
Todo lo presentado tiene validez. A partir de ahora se aplicarán las reglas de nuevo código.
Abogados y Operadores
El abogado/a litiga y conduce el caso
Marcan el tiempo y la estrategia: las partes y sus letrados definen el ritmo del proceso y pueden celebrar acuerdos sobre el procedimiento y sobre la prueba.
La litigación como habilidad central: el modelo adversarial exige preparación para la argumentación y el desempeño en audiencias.
Buena fe procesal: el código sanciona expresamente la mala fe y las conductas dilatorias.
El juez/a resuelve
En el modelo adversarial —similar al del fuero penal— el juez concentra su función en decidir: dirige las audiencias, escucha directamente a las partes y resuelve. La conducción del caso queda en manos de quienes litigan.
Audiencias y escritura: Un sistema mixto e inteligente
Las audiencias se reservan para los procesos de mayor complejidad, donde generan nuevos escenarios de acuerdo y un contacto directo con el juez. Los procedimientos que no las requieren se mantienen escritos, con la posibilidad de convocar audiencia a pedido de las partes.
Herramientas digitales con respaldo
- Expediente digital, notificaciones electrónicas, prueba digital y declaraciones por videollamada.
- Ante inconvenientes técnicos, se mantiene el sistema papel tradicional como respaldo.
- Los juzgados de paz quedan habilitados para la recepción de declaraciones en el interior.
Acceso al Canal de consultas (próximamente)
El canal de consultas se habilitará para empleados, funcionarios y magistrados y estará destinado a acompañar la aplicación del nuevo código.
Normativa y documentos
Texto del Código Procesal Civil Adversarial (CPCA) Descargar PDF