Formulan cargos a cuatro policías por la muerte de José Galeano en el hospital Heller de Neuquén
El juez Luciano Hermosilla determinó que no había pruebas para formularle cargos a otros dos acusados

Según la reconstrucción realizada por la fiscalía, el hecho ocurrió en noviembre de 2025 cuando en un estado de exaltación psicomotriz, José Galeano ingresó al Hospital Heller de Neuquén pidiendo auxilio y portando un cuchillo. La consigna policial del lugar solicitó ayuda y acudieron efectivos de diferentes comisarías, ante lo cual Galeano arrojó el cuchillo y los policías lo inmovilizaron arrojándolo al piso.
Luego de esto lo retiraron del Hospital arrastrándolo hacia el sector de las ambulancias, donde lo esposaron. Galeano se resistía y se quejaba de que no podía respirar, luego de lo cual perdió la conciencia. Los efectivos policiales lo retuvieron en el exterior y como no reaccionaba lo volvieron a ingresar al hospital, ya sin signos vitales.
La autopsia reveló que la víctima falleció a causa de la fractura del esternón, y de varias costillas de ambos lados que provocaron la perforación del pulmón y la posterior insuficiencia respiratoria.
La acusación de la fiscalía
La fiscalía acusó a seis policías que actuaron durante el procedimiento y solicitó que se califique el hecho como homicidio simple cometido por exceso en el cumplimiento del deber. La querella representando a la familia de la víctima solicitó que con la misma plataforma presentada por la fiscalía se califique el delito como tortura seguida de muerte.
También se solicitó que se declare la causa como caso complejo y se otorgue un plazo de 1 año para llevar adelante la investigación, ya que por el Protocolo de Minesota exige un deber reforzado al investigar casos de muerte si la víctima se encontraba bajo la custodia del Estado. Con lo cual se requerirá que algunas pericias sean realizadas por fuerzas federales.
Qué resolvió el juez
El juez Luciano Hermosilla resolvió formular cargos sólo a cuatro de los policías por el delito de homicidio simple por exceso en el cumplimiento del deber y resolvió que no encontraba pruebas suficientes que indiquen que dos de los acusados tuvieran una participación que concluyera con la muerte de Galeano.
El juez otorgó la declaración de caso complejo y el periodo de investigación de un año. Por solicitud de los acusadores, como medida cautelar por riesgo de entorpecimiento, dictó la prohibición de contacto por cualquier medio de los imputados con los testigos y entre sí y el traslado de los mismos a dependencias alejadas del Hospital Heller realizando sólo tareas administrativas por el tiempo que dure la investigación.