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Vivieron más de 20 años en el terreno de su madre, construyeron una casa y ahora deberán devolverla

La mujer logró recuperar la parte trasera de su propiedad, donde vivían su hijo y su nuera desde 1999. La Justicia rechazó que hubieran adquirido ese sector por usucapión, pero ordenó que reciban más de 21 millones de pesos por la vivienda que levantaron con recursos propios.

Después de convivir en el mismo terreno durante más de 20 años, una mujer presentó una demanda para expulsar del inmueble a su hijo y su nuera, que habían construido una vivienda en la parte trasera del lote. Un fallo judicial avaló su pedido, pero le ordenó pagar una suma millonaria porque la construcción de la vivienda había sido financiada por la pareja. 

“La prueba producida confirma el derecho de dominio invocado sobre la totalidad del inmueble y por consiguiente su derecho a reivindicar la posesión sobre la fracción cuya tenencia se encuentra en poder de los accionados”, concluyó la jueza civil María Eliana Reynals. 

Por otro lado, subrayó la importancia de lograr la “pacificación del conflicto”, en cumplimiento “del principio de solución integral de los litigios familiares con especial atención a la dignidad de las personas involucradas”. Por esta razón, instó a las partes y a los organismos públicos intervinientes a colaborar “en la ejecución de la presente decisión jurisdiccional, procurando mecanismos que faciliten una restitución efectiva del inmueble y el cumplimiento recíproco de las obligaciones”.

La Sala III de la Cámara de Apelaciones, integrada por Laura Marcela Serrano y Cecilia Pamphile, confirmó íntegramente la sentencia de primera instancia. El fallo había reconocido el derecho de la propietaria a recuperar la parte trasera del terreno y, al mismo tiempo, el derecho de su hijo y su nuera a cobrar por la construcción que realizaron allí.     

Un conflicto con más de veinte años de historia

Durante el proceso, la pareja afirmó que se instaló en el lugar en 1999, cuando el sector estaba prácticamente sin construir, y que desde entonces levantó con recursos propios una vivienda, contrató trabajadores y utilizó el inmueble como su hogar. Con ese argumento, aseguró que había ejercido una posesión pública, pacífica y con ánimo de dueño durante el tiempo necesario para adquirir esa porción del lote por usucapión.     

La usucapión está definida por el Código Civil y Comercial de la Nación en su artículo 1897: La prescripción para adquirir es el modo por el cual el poseedor de una cosa adquiere un derecho real sobre ella, mediante la posesión durante el tiempo fijado por la ley.

Su progenitora explicó que había permitido que se instalen en el fondo para que no tuvieran que afrontar un alquiler y que la ocupación había nacido como parte de un acuerdo familiar. El inmueble estaba inscripto exclusivamente a su nombre.     

Construir una casa y vivir allí durante años no alcanzó

La Cámara sostuvo que para adquirir un inmueble por prescripción no bastaba con demostrar el paso del tiempo o la realización de obras. La pareja debía acreditar que en algún momento comenzó a comportarse como propietaria también frente a la titular registral, sin reconocerle un derecho superior sobre el terreno.     

En ese sentido, indicaron que la construcción de la vivienda era un acto material importante, pero que había sido realizada dentro de una relación familiar y con autorización de la propietaria. Para Serrano, la prueba confirmó la existencia de las obras, pero consentidas por la titular. El hecho de que tuvieran servicios a su nombre tampoco demostraba que fueran propietarios.     

La conclusión de la Cámara fue que no se había probado “una posesión excluyente y con ánimo de dueño”, sino “la existencia de un acuerdo de tolerancia y convivencia familiar”.

El criterio había sido formulado con claridad ya en primera instancia: “Las construcciones, mejoras o ampliaciones, si bien constituyen actos materiales que exteriorizan la posesión, no resultan por sí solas suficientes” para adquirir el dominio por el transcurso del tiempo. Sin embargo, Reynals tuvo por probado que la pareja había financiado la construcción y condenó a la madre a pagarles más de 21 millones de pesos por las mejoras, según la valuación tomada por un profesional en el proceso.