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Condenan a un joven por abusar de una niña por más de un año.

8 de mayo de 2026

En agosto de 2025, el Tribunal de Impugnación modificó la calificación legal en una causa en la que un joven había sido declarado responsable por los delitos de abuso sexual simple continuado y tentativa de abuso sexual con acceso carnal ambos hechos agravados por el aprovechamiento de la convivencia con una menor de 18 años. Este tribunal concluyó que este segundo delito de tentativa de acceso carnal no había sido debidamente probado, por lo que modificó la sentencia y ordenó una nueva audiencia de determinación de la pena con la nueva calificación legal: abuso sexual simple continuado agravado por haber sido cometido aprovechando la convivencia con una menor de 18 años.

Los hechos habían sido cometidos contra una niña de entre 11 y 12 años de edad, entre enero de 2021 y marzo de 2022 en la ciudad de Plottier. El juicio se había realizado en febrero de 2025 y en abril del mismo año se había dictado una condena de 4 años y 8 meses de prisión. Los jueces Marco Lupica Cristo, Luis Giorgetti y Juan Manuel Kees integraron el nuevo tribunal para determinar la pena con la nueva calificación legal e impusieron al imputado una pena de 3 años y 4 meses de prisión efectiva.

La fiscalía junto a la Defensoría de los derechos del niño, niña y adolescente había solicitado una pena de 3 años y 6 meses de prisión, mientras que la defensa solicitó el mínimo que establece el Código Penal para este delito que son 3 años de prisión de cumplimiento condicional.

La naturaleza de la acción, y la continuidad del delito durante 14 meses es uno de los agravantes que se tuvieron en cuenta para apartarse del mínimo de la pena. La extensión del daño manifestado en estrés postraumático, autolesiones, dificultades para establecer vínculos y pesadillas fue el otro elemento que se consideró para agravar la pena. Como atenuantes se consideraron la ausencia de antecedentes condenatorios y el ser sostén de familia.