Tribunal de Impugnación revoca la absolución y condena por asociación ilícita a los imputados en la causa de Planes Sociales
El tribunal ordenó la realización de un nuevo juicio de determinación de la pena en base a esta nueva calificación legal El Tribunal de Impugnación integrado por los jueces Mauricio Macagno, Federico Sommer y la […]
El tribunal ordenó la realización de un nuevo juicio de determinación de la pena en base a esta nueva calificación legal

El Tribunal de Impugnación integrado por los jueces Mauricio Macagno, Federico Sommer y la jueza Liliana Deiub, de manera unánime, revocó la absolución del tribunal de juicio por el delito de asociación ilícita de los acusados en la causa por la estafa con planes sociales, los condenó por el delito de asociación ilícita y ordenó que se realice un nuevo juicio de cesura o determinación de la pena en base a esta nueva calificación legal.
En su veredicto dividido en seis sentencias que suman cerca de 800 páginas, los jueces rechazaron los recursos de las defensas de los imputados en cuando a la absolución por el delito de administración fraudulenta y no trató la impugnación sobre los montos de las condenas ya que esos reclamos “devinieron en abstracto”, es decir dejaron de tener sentido, ya que al hacer lugar al planteo de la fiscalía en cuanto a que la maniobra delictiva se trataba de una asociación ilícita se deberá realizar una nueva audiencia de determinación de la pena.
Fundamentos de la asociación ilícita
El tribunal de juicio integrado por los jueces Juan Manuel Kees, Luciano Hermosilla y Juan Guaita interpretó que para conformar una asociación ilícita se debía contar con una estructura jerárquica organizada y que tuviera como fin la comisión de más de un delito, y éste último requisito no encuadraba en la causa de Planes Sociales.
El Tribunal de Impugnación determinó que según la jurisprudencia en las últimas resoluciones de la Corte Suprema de la Nación, si se demuestra la estructura jerárquica organizada con el objeto de cometer delitos, aunque se trate de la misma clase de delito, en esta causa el tribunal consideró que se trata de varias defraudaciones, y eso es suficiente para determinar que se trata de una asociación ilícita.

El veredicto
En su veredicto los jueces declararon la responsabilidad de Ricardo Soiza, Tomás Siegenthaler, Orlando Abel Di Luca, Néstor Pablo Sanz y Marcos Ozuna del delito de asociación ilícita en carácter de jefes en concurso real con administración fraudulenta agravada por haber sido en perjuicio de la administración pública, los primeros 4 en carácter de coautores y Ozuna como partícipe primario.
Por otra parte declararon la responsabilidad de Luis María Gallo, Laura Reznik, Julieta Oviedo, Isabel Montoya, Valeria Honorio, Emmanuel Victoria Contreras y Alfredo Cury como miembros de la asociación ilícita, en concurso real con administración fraudulenta agravada por haber sido en perjuicio de la administración pública en calidad de coautores los primeros tres y como partícipes primarios los últimos cuatros.
Las partes tendrán diez días para ofrecer prueba para la nueva audiencia de determinación de la pena que deberá ser llevada adelante por una nueva integración de jueces.